Chebro  Gobierno de España  Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente  Confederación Hidrográfica del Ebro
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Presidencia

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FUNCIONES:

- Ostentar la representación legal del Organismo.

- Presidir  la Junta de Gobierno, la Asamblea de Usuarios, la Comisión de Desembalse, el Consejo del Agua de la demarcación y el Comité de autoridades competentes.

- Cuidar que los acuerdos de los órganos colegiados se ajusten a la legalidad vigente.

- Desempeñar la superior función directiva y ejecutiva del Organismo.

- En general, el ejercicio de cualquier otra función que no esté expresamente atribuida a otro órgano.

 

Y de forma especial,

- Aprobar el Plan de Actuación del Organismo.

- Ordenar la ejecución de los acuerdos de la Junta de Gobierno y de los demás órganos colegiados que preside.

- Ejercer las facultades de contratación propias del Organismo.

- Autorizar los gastos que se realicen con cargo a créditos del presupuesto del Organismo y ordenar los pagos correspondientes.

- Desempeñar la Jefatura de Personal y Servicios.

- Otorgar las concesiones y autorizaciones de aprovechamiento del dominio público hidráulico y las autorizaciones relativas al régimen de policía de aguas y cauces, excepto aquellas cuya resolución corresponda al Ministerio de Agricualtura, Alimentación y Medio Ambiente.

- Aplicar las normas del Reglamento del Dominio Público Hidráulico en materia de policía de aguas y sus cauces, incluido el régimen sancionador, dentro de los límites de su competencia.

- Resolver los recursos administrativos que se deduzcan contra las resoluciones de las Comunidades de usuarios y del propio Organismo de cuenca con excepción de los que correspondan por su contenido a la Junta de Gobierno del organismo o al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

- Coordinar y dirigir la aplicación de lo previsto en el Título VI de la Ley sobre los cánones y las tarifas.

- Autorizar la redacción y aprobar definitivamente los proyectos de obras, instalaciones y suministros que hayan de ser realizados con cargo a los fondos propios del Organismo.

- Ejercer las funciones expropiatorias en materia de aguas, en los términos previstos en la legislación vigente.

- Informar a la Dirección General del Agua sobre los efectos sociales de los proyectos correspondientes a obras que se encomienden al Organismo por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

- Informar las propuestas de nombramiento y cese de los titulares de las unidades administrativas directamente dependientes de la Presidencia de los organismos de cuenca.

 

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